Xalapa, Ver.- Un juez de federal resolvió la inconstitucionalidad de los artículos 75 y 77 del Código Civil para el estado de Veracruz, por lo que la Dirección de Registro Civil estatal y todas las oficinas municipales de Registro Civil deberán hacer caso omiso de estos, a fin de permitir los matrimonios entre personas del mismo sexo.
Esto sucede a días de que varios candidatos a cargos de elección popular firmaran los 21 compromisos por la vida y la familia con el Frente Nacional por la Familia, el cual destaca por comprometerlos a estar en contra de la unión de personas del mismo sexo, del aborto y de la educación sexual.
Desde el miércoles en los 212 municipios deberán permitir las bodas de personas del mismo sexo, esto a raíz de que el titular del Juzgado Décimo Octavo, José Ezequiel Santos Álvarez, al determinar, en el juicio de amparo 73/2020, brindar la protección de la justicia federal a un par de mujeres para que se les permitiera contraer matrimonio.
Yendo más allá Santos Álvarez dictaminó desconocer los referidos artículos a los que calificó como negativos y discriminatorios contra las parejas homosexuales, al considerarlas que no son merecedoras de acceso al matrimonio.
Lo anterior, refiere, viola el principio de igualdad y no discriminación. Por otro lado, a pesar de que el juez estableció la inconstitucionalidad del Código Civil veracruzano, señaló que no es necesario que el Congreso y el Gobernador deban pronunciarse sobre la anulación de las normas combatidas; por tanto, quedan exentos de cumplimiento alguno de este fallo.
Esto sucede a días de que varios candidatos a cargos de elección popular firmaran los 21 compromisos por la vida y la familia con el Frente Nacional por la Familia, el cual destaca por comprometerlos a estar en contra de la unión de personas del mismo sexo, del aborto y de la educación sexual.